La fiscalía había solicitado dicha audiencia para informar al tribunal que no iba a formalizar una investigación en contra del conductor del camión.
Por instrucciones del Ministerio Público a nivel regional, la Fiscalía de Vicuña desistió en sobreseer la causa sobre “manejo bajo la influencia del alcohol con resultado de muerte”, hecho ocurrido el 21 de mayo de 2012 en la ruta internacional, en el cruce de la localidad de La Calera. Recordemos que en aquella ocasión cuatro personas perdieron la vida, miembros de una misma familia, entre ellas dos niñas de 5 y 6 años.
La decisión se dio a conocer ayer en la audiencia realizada en el Juzgado de Garantía de Vicuña, a la cual asistieron familiares de las víctimas, quienes también habían protestado durante la semana en la misma carretera en donde ocurrió el accidente.
La fiscalía había solicitado dicha audiencia para informar al tribunal que no iba a formalizar una investigación en contra del conductor del camión repartidor de gas licuado que participó en el accidente ya que no tiene responsabilidad en los hechos, sino que el responsable del accidente fue el conductor del automóvil quien falleció en el mismo lugar.
El fiscal Alex Montecinos Cárdenas, hace algunos días, había explicado que todas las diligencias, entre ellas los informes del Servicio Médico Legal y de la Sección de Investigación de Accidentes en el Tránsito, SIAT, indicaron que el conductor del automóvil fallecido se encontraba bajo la influencia del alcohol (0,4 gramos de alcohol), además no poseía licencia de conducir, el vehículo no tenía los documentos al día. Así también efectuó una maniobra de viraje no se sujeta a la legislación de tránsito y los pasajeros del automóvil no llevaban puestos los cinturones de seguridad. “Todos los antecedentes apuntan a la responsabilidad penal de este conductor y como él está fallecido, la ley nos permite solicitar el sobreseimiento definitivo de la causa por la muerte del imputado”, precisó el fiscal.
Sin embargo ayer el mismo fiscal, por instrucciones del fiscal regional, informó al tribunal que el Ministerio Público se desistía en no perseverar en el procedimiento porquela FiscalíaRegionalrevisará el expediente y ordenará nuevas diligencias que habían sido solicitadas por la parte querellante y que no fueron consideradas por la fiscalía local. Se le habría dado una segunda lectura a las diligencias solicitadas y se consideraron necesarias para esclarecer aún más los hechos acaecidos el 21 de mayo pasado. Además la parte querellante solicitará nuevas diligencias relacionadas con ciertos testigos del accidente tendiente a cambiar la teoría inicial de la fiscalía. Para desarrollar todas estas diligencias no hay plazo definido y podrían tardar algunos meses.
Sin embargo trascendió que aunque el caso concluya en un juicio oral en contra del conductor del camión repartidor de gas, los informes dela SIATy del SML son lapidarios en señalar que el responsable del accidente fue el conductor del automóvil Suzuki Fronte.
Cabe recordar que ese día del 21 de mayo en el accidente perdieron la vida el conductor del automóvil Ariel Antonio Barraza Balcázar (38) y sus acompañantes Millaray Alejandra Yáñez Tapia (5), Noemí Tapia Rojas (20), e Isidora Yáñez Aguirre (6). Un quinto pasajero, Cristóbal Yáñez Vigorena (21), conviviente y padre de dos de las víctimas, quedó con lesiones graves.
El accidente se produjo cuando el automóvil Suzuki Fronte GB-13-69, viró en forma indebida hacia la izquierda en dirección aLa Calera, cuando transitaba de oriente a poniente por la ruta 41, siendo impactado por el camión Chevrolet NKR-513, patente CS-TP-63, que conducía Anselmo Guzmán Jorquera (60) y que se dirigía en la misma dirección por la carretera. El automóvil luego colisionó contra la parte delantera izquierda del furgón Peugeot Partner, patente BS-CC-72, cuyo conductor resultó ileso.